Algunos de los socios de PYMEF tienen como fines la integración de personas con discapacidad y una de las dudas más habituales a las que han de responder es, ¿qué pasa con la pensión que reciben por su incapacidad si encuentran un trabajo? Con el sueldo ¿se verá reducida su pensión?

Pues bien, la respuesta para la mayoría de los casos es sí. La fórmula exacta para el cálculo de la disminución en la cuantía es bastante compleja, pero resumimos de forma general el funcionamiento y los motivos de esta reducción y adelantamos que es consecuencia directa de unas variables llamadas complementos a mínimos.

Desde 2003 está establecido por el Tribunal Supremo que la pensión por incapacidad es compatible con cobrar un sueldo, siempre que un equipo de valoración considere que el puesto es compatible con las lesiones responsables de la incapacidad. Sin embargo, esta afirmación es demasiado imprecisa. En realidad, no es una compatibilidad plena ya que la percepción de un sueldo generalmente sí que conlleva la reducción de la pensión por invalidez.

Son los llamados complementos a mínimos los que se ven afectados en estos casos. Éstos existen para que las personas incapacitadas puedan llegar a un mínimo fijado por el Estado, así que una vez que se empieza a percibir un sueldo que genere un aumente en sus ingresos, la ayuda recibida disminuirá porque ya no será necesaria para que se alcance el mínimo ingreso establecido.

El problema de esta forma de compensación es que la cifra fijada es muy baja, así que es normal que una persona con algún tipo de invalidez trate de mejorar su situación económica, y consecuentemente reducir su grado de dependencia de sus familiares, buscando un empleo que le reporte unos ingresos extra.

Pero en este punto se encuentra con varios frentes en su contra porque la mayoría de las empresas son bastante reacias a la contratación de personas con invalidez para puestos de responsabilidad, lo que les relega a trabajos secundarios con sueldos bajos que no sirven para mejorar su situación económica sino que sólo suponen una disminución en sus pensiones dado que ya alcanzan el ingreso mínimo. Es decir, trabajan en puestos que no fomentan su autoestima y con los que tampoco consiguen una mejora económica a final de mes, ya que la diferencia entre los ingresos por su trabajo y la reducción de los complementos a mínimos apenas genera beneficio. ¿Para qué molestarse en trabajar entonces?

De esto se concluye en que la actuación del Estado, junto con la poca implicación de las empresas, que llenas de prejuicios y falta de interés, se limitan a cumplir los mínimos legales en materia de integración, conlleva una situación de conformismo que promueve la dependencia de muchos incapacitados, impidiendo que salgan del hogar familiar.

Si quieres ampliar la información de este artículo y conocer la compatibilidad de las pensiones con el trabajo remunerado a través de los complementos de mínimos, haz click aquí.

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