La constitución de doce nuevas fundaciones ha sido publicada hoy en el BOE. De todas ellas, once, y siguiendo el criterio que marca  el Protectorado Nacional de Fundaciones, han realizado una dotación fundacional de 30.000,00 €.

Una de ellas ha desembolsado el 25% de esta cantidad, tal como permite la Ley de Fundaciones en su artículo 12.2. Es decir, su desembolso inicial ha sido de 7.500,00 €.

Podría ser esta situación normal, si no fuera por dos hechos verdaderamente llamativos:

  1. Ni Protectorado ni Registro de Fundaciones de ámbito nacional permiten desde hace años la constitución de Fundaciones que desembolsen cantidad inferior a 30.000,00 € en concepto de dotación fundacional, realizando así una interpretación de la Ley ya de por sí arbitraria y restrictiva para la actividad fundacional nacional.
  2. La única fundación que se ha registrado en los últimos años habiendo desembolsado una cantidad inferior es, ni más ni menos, que la Fundación Carme Chacón, constituida y dirigida por personal afín al PSOE, hoy al frente del Gobierno de España.

Este acontecimiento hace plantearse los siguientes interrogantes:

  • ¿Es correcto el criterio del Protectorado de condicionar la constitución de una Fundación al desembolso total de la dotación fundacional, pese a incumplir este condicionante el artículo 12.2 de la Ley 50/2002, de fundaciones?
  • ¿Se ha beneficiado la Fundación Carme Chacón de un salvoconducto con las siglas del PSOE para ser constituida contraviniendo cualquier orden que para el resto de fundaciones ha sido imperativo cumplir?
  • ¿Es necesario militar en el PSOE para que la Ley se interprete y aplique de manera más laxa que al resto de la población?

Queda así de manifiesto que la aplicación e interpretación de la Ley varía según quién solicita su amparo.