La constitución de doce nuevas fundaciones ha sido publicada hoy en el BOE. De todas ellas, once, y siguiendo el criterio que marca el Protectorado Nacional de Fundaciones, han realizado una dotación fundacional de 30.000,00 €.
Una de ellas ha desembolsado el 25% de esta cantidad, tal como permite la Ley de Fundaciones en su artículo 12.2. Es decir, su desembolso inicial ha sido de 7.500,00 €.
Podría ser esta situación normal, si no fuera por dos hechos verdaderamente llamativos:
- Ni Protectorado ni Registro de Fundaciones de ámbito nacional permiten desde hace años la constitución de Fundaciones que desembolsen cantidad inferior a 30.000,00 € en concepto de dotación fundacional, realizando así una interpretación de la Ley ya de por sí arbitraria y restrictiva para la actividad fundacional nacional.
- La única fundación que se ha registrado en los últimos años habiendo desembolsado una cantidad inferior es, ni más ni menos, que la Fundación Carme Chacón, constituida y dirigida por personal afín al PSOE, hoy al frente del Gobierno de España.
Este acontecimiento hace plantearse los siguientes interrogantes:
- ¿Es correcto el criterio del Protectorado de condicionar la constitución de una Fundación al desembolso total de la dotación fundacional, pese a incumplir este condicionante el artículo 12.2 de la Ley 50/2002, de fundaciones?
- ¿Se ha beneficiado la Fundación Carme Chacón de un salvoconducto con las siglas del PSOE para ser constituida contraviniendo cualquier orden que para el resto de fundaciones ha sido imperativo cumplir?
- ¿Es necesario militar en el PSOE para que la Ley se interprete y aplique de manera más laxa que al resto de la población?
Queda así de manifiesto que la aplicación e interpretación de la Ley varía según quién solicita su amparo.
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